Primera aparición: La Dote de Rosalía
Rosalía, hija de Juan Antonio Blázquez Rosillo y su primera esposa María Vicenta Gómez, por medio de su esposo, Juan González de Parada de Amoeiro (Ourense) recoge la Dote. Aquí pongo el Documento con su transcripción.
Ya estamos en Parada de Amoeiro. Como se conocieron Rosalía y Juan aún es un misterio. Hay varias hipótesis. Una es el paso de Juan A. Blázquez por Ourense, como destino militar, pudo propiciar el conocimiento de Juan González por parte de Rosalía. También hay otra hipótesis: Juan A. Blázquez estaba ya afincado en Borraxeiros y casado en segundas nupcias con Mª Josefa Fernández Correa. Hay un dato fundamental que me ha proporcionado José Ramón Pérez Salgado: la fecha de matrimonio de Rosalía con Juan González: el 15 de noviembre de 1851 en Borraxeiros. Esto ubica claramente el domicilio familiar. No me cabe duda que la relación de Borraxeiros con Parada de Amoeiro viene muy marcada por medio del Conde de Borraxeiros, también Vizconde y Señor de Parada de Amoeiro. No debe ser casualidad que tanto Juan Gonzalez apadrinado por Florencia Miranda (de la familia Soto Miranda Altamirano) como las hermanas de Rosalía: Dolores y Concepción (apadrinadas por los Salgado y Ramos, hijos de José Salgado Zárate, Conde de Borraxeiros) dan una idea de esa posible relación. El caso es que de una u otra manera acaban por formar una familia que se ubicará en el Burguete de la citada parroquia de Santiago de Parada (Amoeiro).
TRANSCRIPCIÓN
DOTE
DE ROSALIA BLAZQUEZ GOMEZ
Dote
y recibo que otorgaron Don Juan Blázquez de Borrageiros a favor de
Juan Gonzalez de Parada. Suegro e
Yerno.
--------------------------------------------------------
En el pueblo de Golada capital de Ayuntamiento en el Partido de Lalín a 12 días del mes de septiembre año de 1860 ante mí Escribano real y testigos constituidos Don Juan Blázquez Capitán de infantería retirado vecino de San Cristobal de Borrageiros en esta municipalidad de una parte y de la otra Juan González de Santiago de Parada distrito de Amoeiro en el partido de Orense, conformes dijeron: que para haber de matrimoniarse el González con Doña Rosalía Blázquez hija legítima de Don Juan y su primera mujer Doña Vicenta Gómez, el expresado don Juan Blázquez y a cuenta de la herencia paterna y materna que a la Doña Rosalía le puidese corresponder le dotó la cantidad de 7.600 reales de vellón que le había de satisfacer a plazos sin que en razon de ello se otorgase ????? de oferta no obstante lo cual bajo palabra de honor el Don Juan dio y entregó al González en distintas partidas, la de 5000 reales de que le dio recibos extrajudiciales que quedan amalgamados en el presente y en este año así mismo le entrega en metálico mil reales de vellón que el González recibió contó y llevo a su poder a presencia de mi, Escribano real y testigos de los cuales de ambas partidas se ajustan la de 6000 reales otorga a favor del Don Juan su suegro y herederos el conducente recibo y porque la entrega no parece de presente renuncia a la excepción de la nonnumerata pecunia prueba de la entrega y más del caso. Obligando con todos sus bienes que tienen y tuvieren, el Don Juan Blázquez a pagar a su hija y quién su derecho hubiere los 1600 reales que de lo ofrecido le queda restando dentro del término de un año contando desde esta fecha. Y el Juan González a no repetir ni reclamar por pretexto alguno los 6.000 reales recibidos los que ha de tener a cuenta de la herencia paterna y materna la Doña Rosalía su mujer, y a dar cuenta con pago a esta en cualquier tiempo que por ella o sus herederos le sea reclamada dicha dote. Y ambos comparecientes cada uno en la parte que le toca de nuevo se vuelven a obligar y someten a las leyes de Su Majestad que de ello deben conocer y para que así se lo hagan cumplir y haber por firme y valedero ???? renuncian a cuantas leyes les favorezcan con la general en forma. Así lo dijeron y otorgaron escritura de dote y recibo que respectivamente aceptaron, firman siendo testigos Domingo Refojo y D. Juan García Vázquez, vecinos de la de Borrageiros con Francisco Santalla de Santa Eulalia de Mouriz?. Y por yo Escribano real no conocer al Juan González, juraron en solemne forma los dos testigos primeros ser el mismo que suena? y no otro por el. De lo cual conocimiento del Blázquez y testigos así como de haberles advertido lo conducente a la toma de razón de esta escritura en el oficio de hijuela? dentro del tiempo de cuarenta días pena de nulidad y más impuestos, yo Escribano real doy fe. Entre líneas en esta municipalidad. (FIRMAS)
--------------------------------------------------------
En el pueblo de Golada capital de Ayuntamiento en el Partido de Lalín a 12 días del mes de septiembre año de 1860 ante mí Escribano real y testigos constituidos Don Juan Blázquez Capitán de infantería retirado vecino de San Cristobal de Borrageiros en esta municipalidad de una parte y de la otra Juan González de Santiago de Parada distrito de Amoeiro en el partido de Orense, conformes dijeron: que para haber de matrimoniarse el González con Doña Rosalía Blázquez hija legítima de Don Juan y su primera mujer Doña Vicenta Gómez, el expresado don Juan Blázquez y a cuenta de la herencia paterna y materna que a la Doña Rosalía le puidese corresponder le dotó la cantidad de 7.600 reales de vellón que le había de satisfacer a plazos sin que en razon de ello se otorgase ????? de oferta no obstante lo cual bajo palabra de honor el Don Juan dio y entregó al González en distintas partidas, la de 5000 reales de que le dio recibos extrajudiciales que quedan amalgamados en el presente y en este año así mismo le entrega en metálico mil reales de vellón que el González recibió contó y llevo a su poder a presencia de mi, Escribano real y testigos de los cuales de ambas partidas se ajustan la de 6000 reales otorga a favor del Don Juan su suegro y herederos el conducente recibo y porque la entrega no parece de presente renuncia a la excepción de la nonnumerata pecunia prueba de la entrega y más del caso. Obligando con todos sus bienes que tienen y tuvieren, el Don Juan Blázquez a pagar a su hija y quién su derecho hubiere los 1600 reales que de lo ofrecido le queda restando dentro del término de un año contando desde esta fecha. Y el Juan González a no repetir ni reclamar por pretexto alguno los 6.000 reales recibidos los que ha de tener a cuenta de la herencia paterna y materna la Doña Rosalía su mujer, y a dar cuenta con pago a esta en cualquier tiempo que por ella o sus herederos le sea reclamada dicha dote. Y ambos comparecientes cada uno en la parte que le toca de nuevo se vuelven a obligar y someten a las leyes de Su Majestad que de ello deben conocer y para que así se lo hagan cumplir y haber por firme y valedero ???? renuncian a cuantas leyes les favorezcan con la general en forma. Así lo dijeron y otorgaron escritura de dote y recibo que respectivamente aceptaron, firman siendo testigos Domingo Refojo y D. Juan García Vázquez, vecinos de la de Borrageiros con Francisco Santalla de Santa Eulalia de Mouriz?. Y por yo Escribano real no conocer al Juan González, juraron en solemne forma los dos testigos primeros ser el mismo que suena? y no otro por el. De lo cual conocimiento del Blázquez y testigos así como de haberles advertido lo conducente a la toma de razón de esta escritura en el oficio de hijuela? dentro del tiempo de cuarenta días pena de nulidad y más impuestos, yo Escribano real doy fe. Entre líneas en esta municipalidad. (FIRMAS)
No hay comentarios:
Publicar un comentario